viernes, 12 de marzo de 2010

Una opinión: La Carta del CC de Catalunya al Ministro Almagro

Señor Ministro de Relaciones Exteriores
Embajador Luis Almagro


Barcelona, 4 de marzo de 2010.

Estimado señor Ministro:

El Consejo Consultivo de Cataluña saluda su llegada a este Ministerio y le quiere expresar el deseo y la esperanza de que en este segundo período de gobierno se logre adaptar la forma organizativa a la nueva concepción de la política exterior en general y, en particular, en lo que nos concierne directamente: la política de vinculación con la diáspora uruguaya.

Creemos que este es un momento crucial y decisivo para el futuro desarrollo de los CC y del Departamento 20, entendido este como el conjunto de ciudadanos uruguayos residentes en el exterior.

Han pasado alrededor de cuatro años desde el comienzo del desarrollo de este proyecto y la formación de los primeros CC. Han habido tres Direcciones, se han llevado a cabo tres Encuentros Mundiales y algunas reuniones regionales, se ha reconocido por Ley la existencia de los CC, se aprobó el Decreto Reglamentario correspondiente que regula su funcionamiento y es el que nos rige hasta que se cumpla la resolución del III Encuentro que introducía reformas al mismo.

Los CC se han ido constituyendo y desarrollando con entera libertad, de acuerdo a las condiciones de cada comunidad uruguaya y a las del país, la sociedad, en que desarrollan sus vidas.

Entendemos que, si la voluntad política del Gobierno es la de establecer una relación real y productiva con la ciudadanía uruguaya en el exterior, es el momento de definiciones en relación a la naturaleza, la función de los CC, y el tipo de relación que se establece con las instituciones uruguayas.

Hasta este momento los CC se mueven dentro de un campo incierto en el que es fácil invadir o ser invadidos en relación a las asociaciones y los Consulados. El Embajador Flanagan expresó estas relaciones en la figura de tres círculos entrelazados, como anillos olímpicos: hay zonas comunes y otras propias de cada institución. Es necesario definir qué es lo que corresponde a los CC.

Existe también ambigüedad en cuanto a su situación jurídica. Su legitimidad ha sido dada por la Ley de Migraciones y, por eso mismo, como institución uruguaya, no puede tener personería jurídica en el país de residencia, lo que significa la imposibilidad de realizar determinadas gestiones oficiales.
Asimismo, los CC no tienen financiación por parte del Gobierno uruguayo. Tampoco pueden cobrar una cuota porque no tienen socios ni adherentes: no son asociaciones.

No pueden pedir subvenciones a las entidades del país de residencia, porque no tienen personería jurídica. El hecho de no tener fondos propios limita sus posibilidades de actuación de tal modo que los Consejos se convierten en un grupo de voluntarios que ponen de su bolsillo todo lo que cuesta su funcionamiento: desde el material de oficina hasta los pasajes para cualquier desplazamiento (urbano, interurbano , interdepartamental o internacional).
Por todo lo expuesto, enumeramos a continuación nuestras sugerencias para intentar solucionar algunos de esos problemas:

• Acelerar la redacción del nuevo reglamento, que incluya una definición clara de los pasos para la constitución y la elección de los CC.
• Definir la relación de los CC con el aparato del Estado.
• Definir la naturaleza de los CC para evitar que se confundan con las asociaciones.
• Definir la naturaleza jurídica de los CC en relación al país de residencia.
• Definir la relación de los CC con los Consulados y no dejarlo librado a la voluntad de cada Cónsul.
• Buscar una solución para la financiación de los CC. Proponemos que, por lo menos, los Consulados nos proporcionen el local para nuestro funcionamiento y el apoyo logístico (en materiales y otras herramientas) necesario para desarrollar nuestra actividad.
Somos conscientes de que con estas propuestas estamos alineándonos en la segunda de las dos tendencias que se han ido esbozando en relación al funcionamiento de los CC:
1) La de su independencia casi total en relación al Estado uruguayo con formas de organización propias , y un reglamento de otro tipo.
2) La de inscribir la actividad de los CC en una instancia más cercana al aparato del Estado con definiciones comunes claras y la necesaria diversidad local.

Lo saludamos atentamente y esperamos que en este período de gobierno se materialice la línea de trabajo que permita a los CC cumplir con sus objetivos de vinculación.

Consejo Consultivo de Catalunya
Graziella Ferrari
Presidenta