Publicado el : 4 Julio 2011 -
Por Redacción InformaRN (Foto: Seretide) Categorías: Ley de Acceso a la Información PúblicaperiodismoUruguay
La Cumbre Social del Mercosur ha elogiado la Ley de Acceso a la Información Pública en Uruguay. Esta legislación, vigente desde el 2009, amplió la información que los organismos del Estado están obligados a difundir en sus sitios web y les fuerza a actualizarla mensualmente.
Por Omar García
Las oficinas públicas deben difundir en sus sitios web, obligatoriamente, información sobre su funcionamiento y también responder a las consultas que por escrito se le realicen, con excepción de los datos considerados reservados. Pero aún en este caso, el jerarca de la oficina respectiva deberá explicar mediante una resolución fundada las razones por las que decide que una información sea reservada.
Esta ley fue impulsada y gestada por organizaciones sociales; entre ellas el sindicato de los periodistas uruguayos, APU. Uno de los redactores de la ley fue el periodista, sindicalista y abogado Edison Lanza.
Según el periodista, la ley establece un proceso muy claro tanto dentro del Estado como en la vía jurisdiccional. “Ahora, cuando se presenta una solicitud de información, el Estado tiene obligación de responder en un plazo máximo de veinte días. Sólo puede negarse a través de alguna de las excepciones que indica la ley, y si no responde nada, como hacía antes, se considera que después de los veinte días esa información es pública. Si además el Estado no entrega la información, la ley prevé una acción ante el poder judicial en un plazo de dos o tres semanas, muy breve y que ya se ha constatado que funciona. El juez puede condenar al Estado a entregar la información pedida¨.
Esa misma Ley de Acceso a la Información creó un organismo estatal para mejorar los servicios al ciudadano. Este organismo puede desclasificar la información que el jerarca declaró reservada si considera inadecuada su reserva. Por esos mismos días, Uruguay despenalizó el delito de difamación en caso de interés público referido a funcionarios del Estado y también en esa misma época eliminó cláusulas de desacato.
El periodista y abogado Édison Lanza recordó que entre el 2000 y 2005 se registraban anualmente cuarenta o cincuenta procesos judiciales contra periodistas. Lanza afirma que ¨por esa razón hubo organizaciones sociales que insistieron, cabildearon y elaboraron una estrategia que implicó, incluso, llevar casos a la Comisión Interamericana de DD.HH. Finalmente, los poderes legislativo y ejecutivo del Uruguay fueron receptivos, y actualmente, salvo algún caso aislado, ya no hay juicios contra periodistas”.
El poder legislativo argumentó que adecuaba la ley de prensa tomando en cuenta los estándares establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos. Lanza señaló que, gracias a este proceso, Uruguay ya tiene 85 radios comunitarias legalizadas y que 30 por ciento del espectro será de radios comunitarias en poco tiempo: “es un camino bien distinto a lo que pasaba hace cinco o seis años”.
Todos esos cambios positivos para la libertad de prensa no han modificado, sino profundizado, el criterio rector establecido dictado en la Constitución de la República Oriental del Uruguay, que garantiza la más amplia libertad de expresión y prohíbe en forma expresa la censura previa.
Fuente: http://www.rnw.nl/espanol/article/uruguay-m%C3%A1xima-libertad-de-expresi%C3%B3n