domingo, 17 de mayo de 2009

Resolución argentina es “a medida”

Las páginas económicas de Ultimas Noticias fueron ayer las únicas en advertir sobre una nueva descarga de artillería pesada argentina -esta vez en el plano financiero- contra la actividad en nuestro país. Porque una resolución aparentemente genérica e inspirada en decisiones en la última reunión del Grupo de los 20 en realidad está hecha de medida para impedir la transferencia de divisas desde la vecina orilla a la plaza financiera nacional. Así, el vecino país también presiona para arrancar un acuerdo que libere información sobre depositantes argentinos en el sistema uruguayo. Lo mejor es acompañar un comentario que llega desde el gobierno: hay temas más graves -como el de los puentes- que tienen prioridad en cualquier agenda binacional.

Un nuevo capítulo se agrega a la historia de desencuentros que en los últimos tiempos ha caracterizado a las relaciones entre Argentina y Uruguay. Al piélago de dificultades diplomáticas y comerciales se incorporó en los últimos días la Resolución 544 de la Comisión Nacional de Valores (CNV) del vecino país, entidad que allí regula la actividad bursátil y financiera. Y que prohibió “las operaciones de sociedades de bolsa, fondos comunes de inversión y fideicomisos” con los Estados incluidos en una lista de “paraísos fiscales” -en la que figura parcialmente Uruguay- o no hayan suscrito “un memorando de entendimiento y cooperación con esta Comisión”.

Uruguay no tiene el propósito de firmar un memorando de ese tipo con Argentina o Brasil, aunque lo haga con otros Estados a fin de dar cumplimiento al compromiso que semanas atrás se contrajo con la Ocde a fin de que el nombre del país fuera retirado de una lista en la que figuraban los llamados “paraísos fiscales” y otros Estados que, a juicio del organismo internacional, no prestaban la colaboración requerida por terceros países en materia de depósitos de no residentes.

La lista de paraísos fiscales a la que alude la resolución argentina es la incluida en el documento 1344/98 de la Unidad de Información Financiera (UIF), que lista a algo menos de un centenar de países e incluye a Uruguay en el numeral 53, pero solamente en lo relacionado a las “Sociedades Anónimas de Intermediación Financiera” (Safi) régimen especial que el gobierno nacional ya decidió dejar sin efecto a partir de 2010.

Si bien la medida ha sido presentada oficialmente como un reflejo en la normativa argentina de las recientes resoluciones de la reunión del G20 sobre paraísos fiscales y evasión de impuestos por depósitos de no residentes, varios observadores y algunos medios argentinos señalan que la disposición apunta directamente contra Uruguay, e incluso aluden a una misión argentina que en las últimas semanas habría recabado en Montevideo información -que les fue negada- sobre quienes realizaron operaciones de transferencia de activos desde la vecina orilla, consideradas ilegales según la legislación vigente allí.

Según un medio bonaerense especializado en temas económicos -El Cronista Comercial-, el factor irritante para las autoridades argentinas fue la imposibilidad de conocer el nombre de los destinatarios en Montevideo de partidas de dólares negociadas por instituciones que operan en la bolsa del vecino país.

La misma crónica indica que en la investigación de las transferencias consideradas irregulares “no se pudo avanzar en la investigación porque la contraparte se encontraba en plazas financieras que no revelan el nombre del cliente sospechado” y que “muchas de esas operaciones se concretaron con Uruguay a través de Sociedades Anónimas Financieras de Inversión (Safi), que en el ambiente empresario se sabe que se trata de sellos de goma para canalizar negocios lejos del control de organismos públicos”.

También se indica que las autoridades económicas argentinas consideraron que la mejor estrategia para imponer sus condiciones en este tema no era una resolución que involucrara solamente a Uruguay, sino una norma genérica que abarque claramente a todo el sistema financiero uruguayo, como la que resultó de la resolución 544 de la CNV, tanto por la mención a texto expreso de las Safi como por el hecho de que el país no tiene un acuerdo de intercambio de información con argentina y no tiene proyectado firmar uno en el futuro.

El tema es que desde el principio de los tiempos Uruguay tiene un sistema financiero que ha estado al servicio no solamente de los inversores y depositantes uruguayos, sino que también amparó valores de argentinos y brasileños, muchos de los cuales también desarrollan una importante actividad productiva en el país. Cuyo mercado está notablemente abierto, por lo demás, a la colocación de productos de los países vecinos o a la radicación de sus inversiones, como por estos tiempos ocurre con soja o arroz. El sistema financiero uruguayo incluye un “secreto bancario” que reconoce límites ante resoluciones judiciales, así como distintas medidas de prevención ante la posibilidad de que sus recursos sean utilizados para el lavado de dineros del narcotráfico u otras actividades delictivas.

La resolución argentina embiste contra realidades largamente afirmadas en la relación entre ambos países. Que capitales argentinos se depositen o dediquen aquí a actividades productivas no es novedad para nadie. El tema deberá ser anotado como un nuevo agravio a una vieja relación. Y la demanda de un acuerdo de intercambio de información, simplemente ubicada en el lugar que merece en una agenda binacional, que tiene otras prioridades como el tema de los puentes o las dificultades en el comercio.

Fuente: http://www.ultimasnoticias.com.uy/editoriales/edit140509E1.html