sábado, 21 de marzo de 2009

Uruguay permite a pacientes terminales la "muerte digna"

UNA NUEVA LEY LOS HABILITA A PRESCINDIR DE TRATAMIENTOS
Por: Guillermo Pellegrino
Fuente: MONTEVIDEO. ESPECIAL
Tras una larga sesión, la Cámara de Diputados aprobó una ley de muerte digna para que todas las personas mayores y psíquicamente aptas, y que sufren de una enfermedad terminal, puedan elegir prescindir de tratamientos médicos o de los aparatos que las mantienen con vida. La ley, bautizada como de "voluntad anticipada", fija que, en caso de que el paciente no estuviese apto para expresarse, sus familiares tendrán la potestad de decidir. Fue aprobada con los votos de los legisladores de la coalición gobernante Frente Amplio y del Partido Colorado, y fue rechazado por el Partido Blanco (o Nacional) y el Partido Independiente, quienes a raíz de unos cambios que hizo el senado vieron "desvirtuada" la propuesta inicial.

El proyecto se encuentra ahora a la firma del presidente Tabaré Vázquez. Hay que recordar que a fin del año pasado Tabaré decidió vetar la Ley de Salud Sexual y Reproductiva, que incluía la despenalización del aborto, hecho que levantó gran polvareda en filas de su partido Frente Amplio, que la había apoyado. Según pudo saber Clarín, no se repetiría el veto. Tabaré, médico de profesión, estamparía su firma a principios de abril al regreso de una gira.

Esta ley, criticada en algunos ámbitos católicos, establece que el enfermo puede pedir abandonar el tratamiento médico o la desconexión de los aparatos que lo mantienen con vida, siempre y cuando manifieste su decisión por escrito y presente dos testigos que no sean familiares. Su voluntad será respetada por más que el paciente esté inconsciente a la hora de que los médicos la vayan a cumplir.

"La suspensión de los tratamientos o procedimientos será una decisión del cónyuge o concubino o, en su defecto, de los familiares en primer grado de consanguinidad", fija el texto, para el caso de que el paciente no pueda expresarse. Cuando haya un pedido de este tipo, el médico deberá informar de la decisión a la Comisión de Bioética del sanatorio u hospital donde esté internado, y ésta tendrá un plazo de 48 horas para pronunciarse sobre la determinación del enfermo. En caso de no hacerlo, la suspensión del tratamiento se considerará aprobada. La iniciativa contempla el caso de que el paciente se arrepienta, que daría lugar a revocar el pedido.