Cultura
El gobierno promulgó la Ley que define a los museos y las colecciones museográficas, determina sus respectivas funciones y establece que es el Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación y Cultura y de los gobiernos departamentales, el que debe promover su desarrollo a través de políticas específicas.
Sábado 05 de enero de 2013
La Ley N.º 19.037 fue promulgada por el Ejecutivo. En ella se establece el marco legal de los museos e incluye la creación del Consejo de Museos, del Registro de Museos y Colecciones Museográficas, del Sistema Nacional de Museos, del Comité Coordinador del Sistema Nacional de Museos y del Fondo Nacional de Museos.
En la normativa se define a los museos y las colecciones museográficas, se determinan sus respectivas funciones y se establece que es el Ejecutivo, a través del Ministerio de Educación y Cultura y de los gobiernos departamentales, el encargado de “promover su desarrollo a través de políticas específicas en el ámbito de sus competencias”.
Organismos
Entre los organismos creados por la Ley se encuentra el “Consejo de Museos” que es un órgano consultivo del Ministerio de Educación y Cultura en materia de elaboración de políticas museísticas de alcance nacional. Se integrará por 10 miembros honorarios.
El Registro Nacional de Museos y Colecciones Museográficas, por su parte, distinguirá las categorías “Museos” y “Colecciones Museográficas”, y poseerá información acerca de la dependencia administrativa, el domicilio, la denominación y la descripción de los bienes muebles e inmuebles que los conforman, los órganos rectores y asesores, así como sus normas de funcionamiento.
La Ley establece la creación del Sistema Nacional de Museos que, entre otros objetivos, busca promover la coordinación en materia de gestión de los museos, contribuir, disponiendo de planes estratégicos, en el desarrollo de una política nacional en materia de museos, y propiciar la cooperación interinstitucional entre los museos del país y con otras instituciones afines, nacionales y extranjeras.
Por otro lado, el Comité Coordinador del Sistema Nacional de Museos, es un órgano coordinador y regulador de las acciones que se implementarán en el marco del Sistema Nacional de Museos.
El Fondo Nacional de Museos, con el objetivo de financiar acciones para la mejora de los museos integrantes del Sistema Nacional de Museos.
En tanto que el Registro Nacional de Museos y un Sistema Nacional de Museos, ambos de carácter transitorio, por un plazo de dos años prorrogables por el Poder Ejecutivo si existiera fundamento para ello.
Fuente: http://www.lr21.com.uy/cultura/1081872-los-museos-y-colecciones-museograficas-uruguayas-ahora-cuentan-con-un-marco-legal#utm_source=cultura&utm_medium=email&utm_campaign=los-museos-y-colecciones-museograficas-uruguayas-ahora-cuentan-con-un-marco-legal